La nota pendiente se asigna a una materia cuando no se puede cerrar en las fechas establecidas por la Dirección de Carrera. Es posible solicitar la postergación de la calificación final de una o incluso de todas las materias inscritas, siempre que haya razones justificadas y debidamente acreditadas. Esto estará sujeto a la aprobación de la Dirección de Carrera correspondiente, dentro de los plazos que se comunicarán oportunamente.
El estado “Pendiente” será reemplazado por la calificación final obtenida, y se registrará en el bimestre académico en el que se inscribieron las materias mencionadas. Este estado no podrá mantenerse como pendiente por más de un bimestre académico.
Si la materia pendiente es un requisito para inscribir otra en el siguiente bimestre académico, no se podrá realizar la inscripción hasta que se haya aprobado.
Si la materia no se regulariza en el bimestre académico siguiente, se cerrará con una nota de uno (1.0).
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